San José, 8 de marzo del 2017. La cárcel de mujeres llevará, a partir de este 8 de marzo, el nombre de una enfermera que impactó las vidas de las privadas de libertad y sus hijos con su labor como voluntaria.
Atrás quedará el nombre Centro de Atención Institucional El Buen Pastor, para llamarse ahora CAI Vilma Curling Rivera. El bautizo del centro penitenciario se enmarca en la celebración del Día Nacional de Internacional de la Mujer y fue aprobado desde el 21 de febrero por la Comisión Nacional de Nomenclatura.
El anuncio oficial lo dará la ministra de Justicia y Paz, Cecilia Sánchez, durante las actividades que se realizarán esta tarde en el centro penitenciario, junto con la primera dama de la República, Mercedes Peñas, y la vicepresidenta, Ana Helena Chacón.
Vilma Curling Rivera nació el 11 de octubre de 1934. Se destacó como enfermera obstétrica y colaboró con la creación de la Ley de Enfermería, la apertura del Colegio de Enfermeras y Enfermeros y fue subdirectora de Enfermería del Hospital San Juan de Dios.
Se destacó por su labor en pro del bienestar de los pacientes y, desde 1984, comenzó a formar parte de la Asociación Manos Abiertas para visitar semanalmente a las mujeres del CAI El Buen Pastor. Su lucha fue dirigida hacia el bienestar físico y espiritual de las privadas de libertad y los hijos de estas mujeres, por lo cual impulsó la creación del Hogar Santa María, que acoge a los hijos de las mujeres detenidas en la cárcel.
Por su labor, recibió el premio de Confraternidad Carcelaria Internacional (Prision Fellowship International) y colaboró activamente con el Ministerio de Justicia y Paz en la búsqueda de la reinserción de las mujeres privadas de libertad.
El 29 de agosto del 2015 falleció, por lo que en memoria de su trabajo la institución decide visibilizar la lucha emprendida desde el anonimato por mejorar las condiciones de las personas privadas de libertad.
Para la ministra Sánchez, reivindicar la memoria de un pueblo permite recuperar acciones realizadas por personas que en su momento dieron luchas importantes por el respeto de los derechos humanos.
“Hemos creído importante, no como un acto simbólico, sino como el arranque de un posicionamiento e identidad nueva, cambiar el nombre del CAI El Buen Pastor por el de Vilma Curling Rivera, porque este centro obedeció a la lógica de centros penales a cargo de instituciones religiosas y, por supuesto, esta es una obligación que corresponde estrictamente al Estado.
”Ella fue una mujer excepcional, una enfermera voluntaria, quien tuvo una participación importantísima atendiendo a la población privada de libertad de manera voluntaria durante mucho tiempo. Hoy hemos querido poner su nombre con el fin de reconocer en ella una persona que creyó en una sociedad más justa, que creyó en una sociedad que brinde mayores oportunidades”, expresó la ministra Sánchez.
COMENTARIO
En la presente noticia vemos como se le cambia de nombre al Centro Penitenciario para Mujeres que por muchos años se ha llamado El Buen Pastor. En este sentido se reinvindica la lucha que dio esta enfermera en beneficio de la Poblacion Penitenciaria Femenina y de los hijos (as) de éstas con el fin de darles una mayor y mejor calidad de vida. En este caso, vemos como el simple y llano cambio de nombre a un Centro Penitenciario asi como medidas que cualquiera podría decir insignificantes en suma Politicas Criminales preventivas, puede contribuir a un mejoramiento y una mejor reinserción social de la mujeres presas. En este sentido se ha propuesto politicas criminales para las mujeres como las siguientes: "Eliminar en las legislaciones nacionales la obligación de la prisión preventiva
para delitos relacionados con drogas, por cuanto su establecimiento vulnera los
principios de la privación de libertad como medida de ultima ratio, constituye
una vulneración al principio de presunción de inocencia y es una medida
desproporcionada.
• Exigir a fiscales y al Ministerio Público que para solicitar la prisión preventiva
se deba acreditar ante el tribunal competente que la prisión es una medida de
ultima ratio.
• No usar la prisión preventiva para mujeres embarazadas o con personas dependientes
(hijos, adultos mayores y personas con discapacidad). En estos casos,
su aplicación ha de circunscribirse a la privación de libertad en su domicilio o
a libertad vigilada, de manera que no se vulneren los derechos fundamentales
de la infractora y de su entorno familiar. Se debe atender especialmente a la
situación de mujeres jefas de hogar que son el único sustento económico de
sus familiares, de manera que la sanción sea compatible con la realización de un
trabajo remunerado.
• En relación con la aplicación de fianzas y cualquier otro tipo de sanción pecuniaria
que represente una alternativa a la prisión preventiva, los Estados han de
incorporar un rango de alternativas diferentes al pago de una suma de dinero.
De esta forma, garantizan los principios de igualdad y de no discriminación, y
así evitan que la cárcel sea una sanción a la situación de pobreza (Mujeres, políticas de drogas y encarcelamiento)."
Referencias
Mujeres, políticas de drogas
y encarcelamiento. Una guía para
la reforma de políticas
en América Latina y el Caribe. Disponible en https://www.oas.org/es/cim/docs/WomenDrugsIncarceration-ES.pdf Consultado el 22 de Abril de 2017.

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